Evidencias de estudiantes podrán ser publicadas previa autorización de los padres de familia

Para las actividades de aprendizaje, se solicita el envío de las evidencias de aprendizaje y/o productos (fotos, audios, videos), se envían por el medio de comunicación que se establezca con los padres de familia.
Estas evidencias permitirán que se pueda hacer la evaluación formativa, a su vez determinar el nivel de logro de las competencias y definir la retroalimentación más acorde.
El objetivo de la recolección de las evidencias de aprendizaje no quiere decir que serán publicadas por redes sociales, ya que se debe resguardar la integridad de los menores.
En cumplimiento del Decreto Legislativo 1377 del 24 de agosto de 2018, que estable fortalecer la protección integral de niñas, niños y adolescentes, no podrán publicar la identidad ni la imagen de menores de edad.
Además añade que los medios de comunicación están obligados a garantizar la reserva de los datos personales y cualquier información que permita identificarlos.
Solo si existe una autorización escrita de los padres o representantes legales, que no se atente contra su interés superior de las niñas, niños y adolescentes, podría ser publicadas, establece el Decreto Legislativo.
Los docentes deben evitar publicar las fotos de sus estudiantes en las redes sociales o en cualquier medio de publicación sin tener la autorización de sus padres. Deben cuidar y preservar la intimidad y derechos de los estudiantes.